Condiciones generales de compra (E 2008)

 

 

1. Alcance y forma escrita

 

a) Los pedidos de KREMPEL GmbH, KREMPEL GmbH & Co. Presspanwerk y Krempel Isolierteile GmbH & Co. KG (en adelante “KREMPEL) se basarán únicamente en las siguientes condiciones de compra (Condiciones Generales de Compra). Estas condiciones en su anterior versión son válidas como acuerdo general incluyendo futuras compras del mismo vendedor / proveedor de KREMPEL y KREMPEL no está obligado a referirse a dichas condiciones en cada caso individual. Los términos de venta contradictorios por parte del vendedor se rechazan con este documento  de forma explícita. Las desviaciones y añadiduras por parte del proveedor a las presentes condiciones de compra solo serán aceptadas por KREMPEL si KREMPEL acepta explícitamente su validez por escrito: solo serán válidas para el negocio para el cual han sido aceptadas como caso individual. Este requisito de aprobación será válido en todos los casos, incluso si por ejemplo KREMPEL acepta los envíos de un proveedor sin objeciones aún sabiendo los términos de venta del proveedor. 

 

b) Con la aceptación de un pedido por parte del proveedor, a más tardar con el envío de las mercancías solicitadas o cumplimiento de los servicios solicitados, el proveedor reconoce la absoluta validez legal de estas Condiciones Generales de Compra. Las Condiciones Generales de Compra hacen referencia al aprovisionamiento tanto de bienes muebles (“suministros”) como de trabajos y servicios contratados (“servicios”).

 

 

c) Los pedidos solo serán vinculantes cuando hayan sido establecidos por escrito. Los pedidos expresados verbalmente o vía teléfono, suplementos o cualquier modificación de pedidos ya enviados requieren que los contenidos de dichos acuerdos sean expresados por escrito para que sean efectivos.

 

 

d) Estas condiciones de compra son solo válidas para empresas, entidades públicas o bienes especiales gobernados por ley pública según §310 párrafo 1 BGB.

 

2. Conclusión de un contrato 

 

a) La aceptación de nuestros pedidos debe ser confirmada por escrito en un plazo de 3 días a partir de la emisión del pedido. Si el proveedor no acepta el pedido dentro de ese plazo de tiempo, entonces KREMPEL tendrá el derecho de retirar el pedido. La retirada debe expresarse igualmente por escrito. Cualquier acuse de recibo de un pedido que llegue más tarde de este límite de tiempo o si los contenidos difieren del pedido enviado, será considerado como una nueva oferta y deberá ser aprobada por escrito por parte de KREMPEL para que pueda ser efectiva.

b) Los avisos de adelanto de suministros serán vinculantes tras 2 semanas máximo si el proveedor no ha expresado objeción por escrito dentro de ese periodo de tiempo.

c)  La transmisión del pedido a terceros, incluida la renuncia a los derechos y reclamos resultantes requiere el previo consentimiento por escrito por parte de KREPEL. KREMPEL se reserva el derecho de cancelar este contrato con una declaración por escrito y/o reclamar compensación si se viola esta condición.

 

 

3. Precios

 

a) Si no se ha alcanzado ningún acuerdo en particular, los precios se entienden franco nuestra fábrica, incluido embalaje, a la dirección que nosotros establezcamos. Los precios acordados son precios fijos para todo el volumen del pedido, independientemente de si el pedido se recibe todo en un envío o en envíos parciales.

 

b) El cumplimiento de los requisitos y regulaciones de aduana para suministros desde el extranjero, incluido el pago de los pertinentes aranceles, será responsabilidad del proveedor si no se ha acordado DDU.

 

 

4. Fechas límite y tiempos límite para suministros y servicios

 

a) Las fechas límite para suministros y servicios se consideran cumplidos cuando las mercancías han sido recibidas a tiempo en la dirección de entrega en el punto previsto o los servicios han sido completados en la fecha acordada. En caso de que no se cumpla la fecha acordada o se exceda el límite de tiempo, KREMPEL se reserva el derecho, después de una extensión apropiada del límite de tiempo, a revocar el acuerdo. El proveedor además está obligado a pagar una compensación por daños causados por la demora en forma de multas contractuales. Dicha compensación por mercancías no suministradas se cuantificarán a raíz de 0.1% del valor de suministro por cada día laboral, no obstante con un máx. de 5%, del valor total del suministro. El importe del daño podrá disminuirse o aumentarse si Krempel demuestra un daño mayor o si el proveedor demuestra un daño menor.

 

b) En cuanto una situación tal se haga aparente, el proveedor está obligado a informar a KREMPEL por escrito y sin demora sobre la duración prevista de todas las situaciones – y a justificarlas – que puedan impedir el cumplimiento a tiempo de suministros o servicios. KREMPEL se reserva el derecho de extender el plazo de entrega.

 

c) Para cualquier suministro o servicio, el proveedor deberá incluir los documentos de envío correspondientes indicando la ID del proveedor y el número de pedido de compra. La documentación de envío deberá además corresponder exactamente con el texto en el pedido y en la confirmación de pedido, e incluir cualquier otra información relevante.

 

d) En caso de que por catástrofes, guerra, desastres naturales, huelgas, bloqueos, medidas de las autoridades o cualquier otra situación inevitable ocurrida fuera del campo de influencia de KREMPEL  y por la cual KREMPEL no puede ser considerada responsable, no se pueda aceptar / enviar  un suministro, o no se puedan realizar o aceptar los servicios, KREMPEL quedará exenta de cualquier obligación de aceptar durante la duración de la interferencia y hasta que no lo permitan los efectos de la interferencia. KREMPEL adaptará de buena fe sus obligaciones a los cambios situacionales. Esto puede significar que KREMPEL puede renunciar a un suministro total o parcial aún pendiente incluso cuando la interferencia ya haya sido rectificada, o bien solicitar la continuación de los suministros o servicios.

 

 

5. Suministro a plazos, suministros en exceso, suministros escasos, suministros adelantados

 

a) KREMPEL no está obligada a aceptar suministros a plazos que no hayan sido acordados previamente. Si se han acordado suministros a plazos, KREMPEL podrá determinar la secuencia de los mismos. KREMPEL tiene derecho a usar los suministros a plazos sin avisar su conformidad con el contrato de suministros.

 

 

b) En la inspección de recepción en las instalaciones de KREMPEL los valores se establecen por condición, tipo, cantidad y peso del suministro.

 

c) KREMPEL tiene derecho a rechazar un exceso de suministro y suministros escasos que estén fuera de las tolerancias comerciales. Los suministros que se desvíen más de un 5% de la cantidad establecida en el pedido requieren aprobación por escrito y de antemano por parte de KREMPEL en cada caso en particular.

 

d) REMPEL no está obligada a aceptar ningún suministro enviado antes de plazo.

 

 

6. Requisitos especiales para los servicios

 

El proveedor proporciona sus servicios bajo su propia responsabilidad y con su propio personal, material y herramientas. El proveedor debe proporcionar siempre los servicios él mismo. Una subcontrata solo será posible con previa autorización por escrito por parte de KREMPEL. KREMPEL está obligada a facilitar al proveedor toda la información, documentos y material disponible en KREMPEL que sea necesario para que el proveedor complete los servicios acordados.

 

 

7. Envío, embalaje y asunción de riesgos

 

a) Para el envío es vinculante la dirección de envío indicada en el pedido. Los suministros deben enviarse libres de portes a la dirección de envío (a no ser que se acuerde lo contrario entre las partes para un caso en concreto).

 

b) La transmisión de riesgos por los materiales recibidos va junto con la transferencia del suministro habitual para suministros “libre dirección de envío”.

 

c) KREMPEL puede especificar el tipo de embalaje y el modo de suministro. Si este no es el caso, entonces el proveedor podrá seleccionar el tipo de embalaje y modo de envío que le sean más favorables y adecuados para cado producto. En caso de una negligente no-observación de este requisito, todos los costes incurridos en la reposición de los bienes dañados, gastos de transporte adicionales, eliminación y costes colaterales serán a cargo del proveedor.

 

 

 

8. Revisiones contractuales / cambios técnicos

 

a) Las revisiones de los contenidos del contrato – en particular en referencia a la cantidad y fecha de los suministros o servicios – deberán ser regulados por consentimiento común entre KREMPEL y el proveedor y deberán ser documentados por escrito.

 

b) Independientemente de la regulación de esta cláusula 8 a) de las Condiciones Generales de Compra, KREMPEL puede requerir cambios técnicos en cualquier momento de los materiales que ya han sido pedidos. Después de recibir una solicitud de cambios, el proveedor deberá enviar sin retraso una propuesta con el posible aumento o disminución de costes, así como indicando cualquier cambio de plazo, etc. El proveedor no aplicará ningún cambio técnico sin haber recibido previa autorización por escrito por parte de KREMPEL.

 

c) Los cambios en el producto suministrado por  parte del proveedor están sujetos a una autorización previa por escrito por parte de KREMPEL.

 

 

9. Condiciones de pago

 

a) La divisa para las facturas enviadas por el proveedor deberá ser principalmente Euro o la moneda estipulada en la orden de compra. El IVA (Impuesto sobre el valor añadido) deberá ir indicado por separado en la confirmación de pedido y en la factura, ambos como un porcentaje y una cantidad en la moneda indicada. La factura además debe incluir toda la información relevante a la documentación de envío.

 

b)  El precio indicado en la orden de compra (confirmación de pedido) para el suministro o servicios es un precio fijo y aplica para el envío o servicios suministrados “libre dirección de envío” o lugar donde los servicios van a ser realizados. Si no se acuerda de otro modo, el precio incluye embalaje, porte, arancel de importación, transporte, seguro y similares.

 

c) Si no se ha acordado nada más de forma especial, el pago de las facturas deberá realizarse a 14 días con un descuento del 3%, a 30 días con un descuento del 2% o a 60 días sin ningún tipo de deducción, en cada caso a partir de la fecha de recepción de suministros o factura.

 

d) Si se ha acordado un pago adelantado con el proveedor, entonces éste deberá proporcionar la adecuada garantía, a elección de KREMPEL. Debería realizarse un acuerdo por escrito en relación a dicha garantía.

 

e) En caso de discrepancias en un envío, KREMPEL tendrá derecho a retener los pagos proporcionalmente al valor de dicho tiempo hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el suministro.

 

f) KREMPEL tendrá derecho a compensar demandas por el proveedor de KREMPEL con todas las demandas que KREMPEL tenga del proveedor. Cualquier compensación de demandas por el proveedor de KREMPEL solo será permitida en los casos de demandas no disputadas que hayan pasado a ser res judicata.   

 

 

10. Calidad y documentación

 

a) El proveedor deberá mantener, tanto ahora como en el futuro, un sistema de aseguramiento de la calidad que cumpla, como mínimo, los requisitos DIN ISO 9001 y/o ISO TS 16949. La aplicabilidad y efectividad del sistema podrá ser revisado por KREMPEL mediante auditorías en las instalaciones del proveedor. Previa notificación por escrito, el proveedor deberá otorgar acceso a todos los pasos de fabricación y permitir la revisión de los procesos y documentación de calidad. Las partes contratantes se informarán mutuamente sobre las opciones de mejora de la calidad.

 

b) El proveedor deberá adherirse a lo acordado con datos técnicos para sus envíos. Todos los materiales enviados a KREMPEL deberán adherirse a los requisitos legales, especialmente los requisitos de la UE en relación a componentes ilegales sujetos a declaración. Las correspondientes declaraciones de conformidad, etc.… son parte del envío de productos de acuerdo con la normativa UE. Los productos con identificación CE son considerados aprobados para comercio sin restricción.

 

c) Cuando los materiales son producidos para KREMPEL según especificaciones de envío para éstas, la producción de los materiales solo se iniciará una vez que las muestras tipo acordadas hayan sido verificadas y aprobadas por KREMPEL.

 

d) Independientemente del primer ensayo e inspección y aprobación, el proveedor deberá comprobar continuamente la calidad de los objetos que envía. En caso de no haber acordado todavía el tipo y alcance de los ensayos ni los equipos o métodos de ensayo, entonces el proveedor estará dispuesto, cuando así se requiera, a tratar los ensayos con KREMPEL dentro del alcance de su conocimiento, experiencia y posibilidades, y a establecer el estado de las técnicas de ensayo necesarias en cada caso.

 

e) El proveedor estará obligado a mantener controles de lotes de salida basados en criterios de ensayo acordados previamente con KREMPEL.  Cada suministro debe ir acompañado de un certificado de ensayo que documente los resultados del mismo.

 

 

11. Notificación de defectos en suministros y aceptación del trabajo contratado

 

a) De acuerdo con las costumbres comerciales, KREMPEL  comprobará las mercancías adquiridas sin demora a la llegada de las mismas en busca de posibles no-conformidades o discrepancias en la calidad. Deficiencias de acuerdo con estas Condiciones Generales Compra son defectos de material o deficiencias legales, exceso, falta o error de suministro así como ausencia de una posible condición garantizada o durabilidad de los bienes o servicio. Las demandas establecidas por KREMPEL sobre deficiencias estarán en plaza si son comunicadas al proveedor en un plazo de 2 semanas tras recepción de la mercancía en KREMPEL. En caso de deficiencias ocultas, el plazo empieza en el momento de ser descubierta dicha deficiencia.  

 

b) Se deberá seguir un procedimiento formal de aceptación cuando el proveedor suministra un trabajo contratado. La aceptación formal no podrá suspenderse por cualquier uso, procesamiento posterior o envío por KREMPEL del objeto afectado por el trabajo contratado, o por notificación por parte del proveedor de que el trabajo contratado ha sido completado.

 

 

 

12. Responsabilidad por defectos

 

a) Cuando KREMPEL detecte mercancía no-conforme o partes discrepantes antes del inicio de la producción, se aplicará lo siguiente:

 

El proveedor deberá suministrar, sin demora, productos nuevos o reparar los defectuosos en caso de ser técnicamente posible. La elección debe hacerla KREMPEL. Cualquier inspección u otro tipo de reparación deberá realizarla el proveedor en presencia de KREMPEL. Todos los costes incurridos por el suministro de mercancía no-conforme (costes de inspección, cargos de transporte, costes de retrabajo, etc) correrán a cargo del proveedor.

 

b) Si la no-conformidad se detecta una vez iniciada la producción en KREMPEL, entonces aplicarán primero las condiciones de la cláusula 12 a). También aplicará lo siguiente:

 

aa) Si la no-conformidad se detecta antes de que el producto final haya sido enviado a los clientes de KREMPEL, entonces aparte de los costes de retrabajo – si este es posible – el proveedor deberá correr con los gastos del suministro de reposición así como todos los costes de montaje y desmontaje atribuibles a la no-conformidad junto con los costes de retrabajo.

bb) Si la no-conformidad se detecta una vez que los productos finales han sido enviados a los clientes de KREMPEL, entonces el proveedor también tendrá que asumir los costes proporcionales a los factores causantes del proveedor en los costes incurridos para la campaña de reclamación. KREMPEL informará al proveedor de dichas no-conformidades una vez sean conocidas así como del consecuente proceso.

 

c) KREMPEL podrá realizar el retrabajo por sí mismo o hacer que lo realice un tercero, o procurar la reposición por un tercero si:

- El proveedor no reacciona a la petición de KREMPEL de actuación adicional en un periodo aceptable, si esta actuación falla o si no es aceptable para KREMPEL por otras razones.

- La no-conformidad se establece antes del inicio de producción y esta producción se requiere con urgencia como protección contra desventajas considerables. El proveedor será informado de ello sin demora. Cualquier coste incurrido correrá a cargo del proveedor.

 

d) Las demandas legales de KREMPEL no se verán afectadas por esto; esto aplica en particular a las demandas de compensación, ruptura de contrato o reducción del precio de venta debido a defectos.

 

e) El periodo de limitación para los derechos de KREMPEL con respecto a los bienes suministrados finaliza al cabo de 24 meses desde su utilización en KREMPEL, o tras 36 meses desde el envío a KREMPEL. En cualquier caso el más corto de los dos.

 

f) La aceptación de servicios y pago de los mismos no serán considerados como aceptación de ser adecuados y correctos.

 

 

13. Responsabilidad de producto – exención – reembolso – seguro de responsabilidad

 

a) En la medida en que el proveedor es responsable de los daños del producto, el proveedor está obligado a reemplazar todo daño incurrido a KREMPEL, o a liberar en primera instancia a KREMPEL de cualquier demanda de compensación por terceros, siempre y cuando la causa sea de su única propiedad y el proveedor sea único responsable en la relación externa. En caso de falta contributiva o negligencia comparativa, se aplicarían los principios de §254 del Código Civil BGB.

 

b) Dentro del alcance de la responsabilidad del proveedor para casos de daño, el proveedor también estará obligado a reembolsar cualquier gasto según §683,670 del Código Civil BGB y de acuerdo con § 830, 840, 426 del Código Civil BGB, que surjan de la campaña de recuperación realizada por KREMPEL.

 

c) El proveedor estará obligado a mantener un seguro de responsabilidad de producto con una cobertura mínima de 2.0 millones de Euros – tarifa bloque – para daños personales / daños de material. El proveedor no deberá cubrir el riesgo de retirada de producto si no se ha llevado a cabo ningún acuerdo de desviación. Las demandas de compensación de KREMPEL que excedan la cantidad asegurada, no se verán afectadas.

 

d) El proveedor estará obligado, si se le requiere, a facilitar evidencia por escrito de dicho seguro. En caso de que el proveedor no pueda demostrar esta protección en un periodo de 2 semanas, entonces KREMPEL tendrá derecho a contratar dicho seguro a cargo del proveedor.

 

 

 

14. Documentos de KREMPEL, y confidencialidad

 

a) Todos los derechos de propiedad y copyright quedan reservados a KREMPEL para diagramas, dibujos, planos, cálculos, materiales, modelos, proyectos, muestras, instalaciones y otros auxiliares, elementos y documentos de KREMPEL; estos no pueden hacerse accesibles a terceras pares sin el permiso explícito por escrito por parte de KREMPEL, no pueden ser copiados o usados para ningún otro propósito aparte del especificado por KREMPEL y solo pueden utilizarse para realizar el pedido solicitado por KREMPEL.

 

b) Las partes están obligadas a tratar todos los conocimientos comerciales y técnicos y toda información no obvia que llegue a su conocimiento como consecuencia de la relación comercial como secretos industriales y a no hacer dichos conocimientos e información accesibles a terceras partes. Estas obligaciones no son aplicables en el caso de que el proveedor facilite dicha información a personas autorizadas.

 

Tampoco son estas obligaciones aplicables para información:

- Públicamente conocida sin que haya negligencia por parte del proveedor o – si el proveedor puede identificarla - persona autorizada

- Que el proveedor haya recibido o reciba regularmente desde un tercero, cuando esta tercera parte no está obligada a confidencialidad con KREMPEL:

- Conocida por el proveedor con independencia de KREMPEL.

c) En relación a la confidencialidad de información, el proveedor está obligado a practicar ese cuidado mínimo como lo haría para asuntos propios y, sean las circunstancias que sean, el mínimo cuidado utilizado en comunicación.

 

d) Todos los elementos mencionados anteriormente, en caso de requerirlo KREMPEL, deberán ser asegurados por el proveedor contra fuego y robo durante el tiempo que estén en poder del proveedor.

 

e) El proveedor está obligado a vincular a cualquier subcontrata con los requisitos indicados anteriormente.

 

 

 

15. Derechos de propiedad

 

a) El proveedor es responsable de toda demanda que surja, de acuerdo con el contrato del producto suministrado o servicios, por  cualquier violación de los derechos de propiedad industrial y aplicaciones para privilegios protegidos de terceras partes (referidos en adelante como “derechos de propiedad”) en Alemania, en estados miembros de la Unión Europea y en Norte América.

 

b) El proveedor libera a KREMPEL y a sus clientes de cualquier demanda interpuesta por terceros por violación de derechos de propiedad. Cualquier canon de licencia correrá a cargo del proveedor.

 

c) Estas obligaciones no serán de aplicación si el proveedor no es capaz de reconocer una violación de los derechos de propiedad de los productos o servicios suministrados.

 

d) Las partes están obligadas a informarse mutuamente sin demora en el momento de conocer un riesgo de violación y si ya ha habido aparentemente una violación de los derechos de propiedad para asegurar que pueden iniciarse acciones contra demandas de responsabilidad.

 

 

 

16. Retención de propiedad – provisión de materiales – útiles

 

a) La propiedad de los bienes enviados pasará a KREMPEL una vez completado el pago. Cualquier retención extendida o expandida de la propiedad por parte del proveedor queda descartada.

 

b) En caso de que KREMPEL haya facilitado al proveedor piezas para un pedido, KREMPEL retendrá el derecho de propiedad de estas piezas. El proceso y transformación por parte del proveedor se harán en nombre de KREMPEL. Si se procesan materiales reservados, por separado o conjuntamente, con otros materiales que no pertenezcan a KREMPEL, entonces KREMPEL adquirirá co-propiedad del nuevo elemento en la proporción del valor de la propiedad de KREMPEL en el momento del proceso.

 

c) En caso de que el proveedor haya fabricado útiles para KREMPEL, la propiedad de éstos pasará a KREMPEL y/o sus clientes una vez completado el pago de los mismos. Los útiles deberán ser identificados acordemente por el proveedor.

 

 

17. Avisos de finalizar pedidos / contratos

 

Las siguientes regulaciones aplican a la duración y aviso de finalización en caso de contratos a largo plazo para el suministro de mercancías o para contratos de suministro de servicios:

a) Cualquiera de las partes tendrá derecho de finalizar dichos contratos dando un preaviso de finalización por escrito con una antelación de 3 meses.

 

b) En los casos en que el cliente de KREMPEL finalice pedidos con KREMPEL de forma ordinaria o extraordinaria, KREMPEL tendrá derecho a alcanzar un acuerdo diferente con el proveedor para los hechos por consentimiento mutuo.

 

c) Cualquiera de las partes puede finalizar un contrato en cualquier momento, por escrito y por fuerza mayor, sin cumplimiento del aviso de terminación. La fuerza mayor se dará en los casos siguientes:

- Interrupción de pagos por una parte, apertura de procedimiento de insolvencia por los bienes de una parte o recuse de estos por insuficiencia de bienes, o liquidación de una de las partes.

- Violación de una de las obligaciones contractuales principales cuya consecución facilita la ejecución del contrato;

- Una de las partes cae bajo control de un competidor u otra parte a través de uno de sus socios.

 

 

d) En caso de aviso de finalización o finalización de contrato, el proveedor deberá devolver todos los elementos, incluidos todos los planos y otros documentos, instalaciones y útiles que hayan sido facilitados por KREMPEL.

 

 

18. Conclusiones

 

a) Aplicable para estas condiciones de compra y toda la relación legal entre KREMPEL y el proveedor es la Ley de la República Federal de Alemania, con la exclusión del acuerdo de Naciones Unidas en la venta internacional de mercancías de 11.04.1980 (CISG).

 

b) El lugar de ejecución para todas las demandas que surjan de la relación  legal con el proveedor, es decir, para todo suministro, servicio y pago, será el lugar de suministro de los productos de acuerdo con el contrato.

 

c) El lugar de jurisdicción de todas las disputas que surjan, directa o indirectamente, de la relación contractual será el juzgado responsable en la sede de KREMPEL en Vaihingen, siempre que el proveedor sea comercial cualificado o empresa pública o bienes especiales gobernados por ley pública. No obstante, KREMPEL tendrá derecho a demandar el proveedor en cualquier otro juzgado.

 

 

Versión: 07/30/2008

 

 

 

 

 

 

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